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Los 10 puntos clave de la nueva Ley Hipotecaria

Los 10 puntos clave de la nueva Ley Hipotecaria

En este artículo analizamos los aspectos más importantes de la nueva Ley Hipotecaria. ¡Presta atención! 

1)   ÁMBITO DE APLICACIÓN Y RETROACTIVIDAD

La nueva ley hipotecaria solo se aplica íntegramente si se cumplen los siguientes requisitos:

- La fecha de la firma debe ser posterior al 16 de junio de 2019.

- La comisión máxima aplicable para cambiarse del tipo variable al tipo fijo, se establece en el 0,15% si el cambio se produce durante los primeros tres años de plazo,  transcurrido ese tiempo, la entidad bancaria no podrá establecer comisión alguna.

- En los procesos de subrogación a una nueva entidad, los clientes no quedarán obligados a permanecer en su banco en caso de que la entidad anterior mejore las condiciones de la nueva. 

2)   FACULTAD DE LA ENTIDAD PARA EJECUTAR LA HIPOTECA

Las entidades bancarias podrán ejecutar la hipoteca, siempre y cuando se produzca un impago reiterado por parte del consumidor:

- Primera mitad del plazo: cuando se produzca un impago del 3% del capital del préstamo o lo equivalente a 12 mensualidades.

- Segunda mitad de plazo: cuando el impago sea del 7% del capital del préstamo o lo equivalente a 15 mensualidades. 

3)   INTERÉS DE DEMORA

El máximo interés de demora que se podrá establecer será de tres puntos sobre el interés de aplicación en el préstamo.

4)   GASTOS HIPOTECARIOS

- Corresponderán a la entidad bancaria los gastos de gestoría, registro, notaría, impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

- Corresponderá al cliente los gastos de tasación y la copia simple notarial de la escritura. 

5)   INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL DE CARÁCTER OBLIGATORIO 

- Por parte de la entidad: la entrega al cliente de las condiciones personalizadas (oferta vinculante) y ficha de advertencias estandarizadas, copia del contrato y simulación de cuotas para los préstamos variables. 

- Por parte de notarios y registradores: visita obligada al notario previa a la firma del préstamo hipotecario a fin de recibir asesoramiento gratuito y responder a un test respecto a la información previa de obligatoria entrega por la entidad bancaria. Los notarios no podrán integrar en la escritura ninguna cláusula nula. Los registradores tampoco podrán incluir en la inscripción registral, ninguna cláusula nula. 

6)   REGULACIÓN DE COMISIONES POR AMOTIZACIÓN ANTICIPADA

- En las hipotecas variables: la comisión máxima durante los tres primeros años de vida del préstamo podrá ser del 0,25% mientras que, si tiene el préstamo hasta cinco años, se podrá devengar comisión del 0,15.

- En las hipotecas fijas: la comisión máxima durante los primeros 10 años podrá ser del 2% y para años posteriores del 1,5%.

7)   SEGUROS Y PRODUCTOS VINCULADOS

Las entidades bancarias podrán exigir que se contrate seguro de hogar y/o seguro de vida o de protección de pagos. Estos seguros no podrán ser exigidos por una determinada compañía, quedando facultado el cliente a elegir aquel seguro que más le convenga, no pudiendo la entidad bancaria incrementar el tipo de interés por ello. 

De igual manera, las entidades bancarias pueden establecer bonificaciones a la hora de contratar determinados productos, quedando obligadas a entregar al cliente las condiciones financieras con las bonificaciones y sin ellas, para el estudio por parte del cliente. 

8)   CLÁUSULA SUELO

Se prohíbe la aplicación de un interés mínimo.

9)   HIPOTECAS MULTIDIVISA

Aquellos clientes que establezcan su hipoteca teniendo como referencia otras monedas diferentes al euro, podrán convertirlas a éste cuando deseen. 

10) CREACIÓN DE LA ENTIDAD DE RESOLUCIÓN DE LITIGIOS

Será de obligada creación una entidad de resolución de litigios que se encargará de todas aquellas reclamaciones realizadas a las entidades bancarias que hasta el momento se remitían al servicio de reclamaciones del banco de España.

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