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Anulado el aval de unos padres a su hija en una hipoteca

Anulado el aval de unos padres a su hija en una hipoteca

Justicia anula el aval de unos padres a su hija en la firma de la hipoteca. La sentencia parte de la obligación que tiene la entidad bancaria de informar a los avalistas de las consecuencias económicas y riesgos que supone la firma del aval y declara probado que los padres en ningún momento recibieron información sobre lo que iban a firmar.

A ello se une el hecho de que los padres carecían de conocimientos suficientes para valorar las consecuencias que les podía acarrear la firma de ese aval. Y es precisamente su desconocimiento, unido a la falta de información, lo que determina dicha nulidad..

La consecuencia práctica de la sentencia es que la hipoteca se mantiene en activa, pero al declararse nula la cláusula de los padres, en caso de impago del préstamo el banco solo podrá reclamárselo a la hija. 

Esta materia sigue siendo una gran desconocida, la mayoría de la población no conoce que cuando se firma un aval ante un banco el avalista se constituye, en realidad como un deudor solidario ya que, al renunciar a los beneficios legales que tiene está figura (división, excusión y orden), si la persona por la que se avala no devuelve el préstamo, el banco podrá dirigirse directamente frente a esta y el avalista o bien frente a ambos.

A lo largo del año se resuelven casos similares a este, por ello, es necesario informarse de todos los aspectos ante la firma del aval o la hipoteca. En LUIS MARCO & ASOCIADOS Abogados te ofrecemos un asesoramiento jurídico completo. No dudes en solicitarnos más información. 

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