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¿Qué sucede si uno de los herederos no paga los impuestos para heredar?

¿Qué sucede si uno de los herederos no paga los impuestos para heredar?

Cuando fallece una persona, sus herederos deben abonar el impuesto de sucesiones para poder heredar los bienes. Esto puede suponer un problema, ya que en muchas ocasiones acarrea un desembolso económico muy grande. Por ello, en este artículo queremos abordar una cuestión que puede surgiros: ¿qué pasa si un heredero no paga esos impuestos, afecta al resto de herederos? Te lo contamos todo en este artículo.

Lo primero que debes saber es que los impuestos se liquidan en la comunidad autónoma de la persona fallecida y cada heredero dispone de seis meses para pagarlos (prorrogables a otros seis, aunque en la mayoría de CCAA se pierden las bonificaciones y se aplican reducciones si se supera ese primer plazo). En cuanto al formato, será autoliquidación.

¿CUÁNDO SE APLICAN INTERESES DE DEMORA, SANCIONES Y RECARGOS?

Si un heredero no lo paga porque no presenta la autoliquidación del impuesto negándose a cumplir su obligación fiscal, se aplican intereses de demora así como una posible sanción económica del 50 hasta el 150% de la cuota defraudada. Además, como consecuencia del impago se aplica un recargo de entre el 5% y el 20% de la cuota presentada.

No obstante, si se presenta la autoliquidación y no se abona lo indicado, además de los intereses de demora, se abonará un recargo del 5%, 10% y 20% de la deuda, pero no hay sanción.

En el caso de que haya varios herederos, y uno de ellos no pague, debes saber que cada heredero es responsable de presentar la autoliquidación del impuesto de sucesiones. Al respecto, las posibles sanciones, recargos e intereses de demora solo los asumirá el heredero que no abone el impuesto o no lo presente en plazo.

¿SE PUEDE PAGAR EL IMPUESTO DE SUCESIONES CON EL DINERO DE LA HERENCIA?

Cabe decir que en la mayoría de casos cuando no se paga el impuesto de sucesiones es por la imposibilidad de hacerle frente económicamente. Llegados a este punto, la duda más frecuente es si los herederos pueden pagar el impuesto sobre sucesiones con la herencia, la respuesta es que sí.

El reglamento del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, en el artículo 80.3, señala que: “La oficina gestora que hubiese practicado las liquidaciones podrá autorizar, a solicitud de los interesados, deducida dentro de los ocho días siguientes al de su notificación, a las Entidades financieras para enajenar valores depositados en las mismas a nombre del causante y, con cargo a su importe, o al saldo a favor de aquél en cuentas de cualquier tipo, librar los correspondientes talones a nombre del Tesoro Público por el exacto importe de las citadas liquidaciones”.

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