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OTRA SENTENCIA QUE LIBERA DE RESPONSABILIDAD A LOS AVALISTAS

OTRA SENTENCIA QUE LIBERA DE RESPONSABILIDAD A LOS AVALISTAS

Un juez anula la cláusula del aval de un préstamo hipotecario por haber sido impuesta para la concesión del préstamo. En este caso, como en tantos otros que han sucedido en  el pasado, el banco reclamaba a los avalistas de forma solidaria por el impago del préstamo por parte del prestatario.

Los avalistas se defendían alegando la nulidad de la cláusula del préstamo por no haber sido negociada sino que, al contrario, fue impuesta como condición imprescindible para la concesión de la hipoteca.

Como es habitual, se trataba de un préstamo hipotecario que había sido avalado por unos familiares del prestatario. Éste, por dificultades económicas, no pudo cumplir con las cuotas del préstamo, por lo que el banco acudió a la vía judicial para reclamar las cuotas tanto al deudor como a los avalistas de forma solidaria

Según el juez que resolvió el asunto, no quedó probado que la cláusula fuera negociada previamente a la concesión del préstamo, pero sí que fuera un requisito imprescindible para que el banco lo aprobara, asegurando así su posición dominante.

El hecho de ser una cláusula contraria a la buena fe y causar un desequilibrio importante entre las dos partes, a favor del banco, lleva a considerarla como abusiva y, por tanto, nula.

La consecuencia de la nulidad es su eliminación del préstamo, que se mantiene vigente en el resto de cláusulas, liberando así de cualquier responsabilidad a los avalistas.

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